NORMATIVA

Resolución General N.°5279: Regímenes de Facilidades de pago.
MINIPLAN
Se extiende hasta el 30/11/2022, inclusive, el plazo para que los sujetos comprendidos en el régimen de
facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4057/17 (MINIPLAN), regularicen sus obligaciones respecto de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiación prevista en la última norma citada, sin considerar la categoría del SIPER” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.
PLAN PERMANENTE
Se extiende hasta el 30/11/2022, inclusive, la aplicación de las condiciones más favorables relativas al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General N° 4268/18 – Plan Permanente.

REHABILITACIÓN DE CUOTAS
Se sustituye el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución General N° 3926/16 estableciendo que la
funcionalidad de rehabilitar la cuota impaga mediante VEP se encontrará disponible para su utilización una vez acaecido el vencimiento de la cuota impaga.
CANCELACIÓN DE CUOTAS
Las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes -presentados en el ámbito del sistema informático denominado “Mis Facilidades”-, cuyos importes totales sean iguales o superiores a $100.000.000.-, deberán cancelarse a través de transferencia electrónica de fondos.

NOTICIAS

Vencimientos de Noviembre

Fechas y medios de pago para cumplir con tus obligaciones
El cumplimiento voluntario contribuye a la disminución de costos, evitando el pago de intereses y multas. Con el fin de facilitarlo, compartimos los principales vencimientos del mes.
Formas de pago

En la sección “¿Cómo puedo pagar?” del micrositio Formas de pago se detallan las modalidades de pago
electrónico vigente para cada obligación. También se puede abonar mediante la Billetera electrónica, la
modalidad que permite cargar fondos por homebanking, desde este mismo sitio web, o por transferencia
bancaria internacional, indicando únicamente una CUIT y el monto a transferir.

Más información: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/listado.aspx

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