INCORPORACIONES

Resolución General N.º 5246/2022 (AFIP)
Impuesto a las Ganancias. Régimen de anticipos. Opción de reducción de anticipos. Procedimiento especial. Resolución General N°5.211. Norma complementaria y modificatoria.
Se establece un procedimiento especial de reducción de anticipos con controles adicionales a los previstos en la Resolución General N°5211/22, aplicable a aquellas solicitudes de opción de reducción de anticipos en las que se verifiquen determinados parámetros en la base de cálculo o en el monto de disminución estimado.
Los sujetos comprendidos son aquellos contribuyentes y responsables que cumplan, concurrentemente, los siguientes parámetros:

  1. El importe resultante del procedimiento normado en el inciso a) del artículo 3°de la RG 5211/22 supere el monto de $ 50.000.000 y,
  2. El monto de la estimación que se practique en los términos del artículo 8°de la citada norma, resulte inferior en más de un 10% respecto de la base de cálculo de los anticipos mencionada en el punto anterior.

Los sujetos deberán formalizar la solicitud de reducción de anticipos a través del servicio con Clave Fiscal denominado“ Presentaciones Digitales”>“Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias -Trámite Especial”.
MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 5.211
Se elimina la expresión “e-ventanilla” del inciso b) del art.10.
Se sustituye en el inciso c) del artículo 10, la expresión 45 días corridos por 90 días corridos. En tal sentido a los fines de realizar el ejercicio de la opción de reducción de anticipos, los contribuyentes y responsables no deberán registrar falta de presentación de declaraciones juradas determinativas y/o informativas del impuesto a las ganancias, convencimiento desde el primer día del mes de enero del año anterior a la fecha de la solicitud.
Se aclara en el art.11 que los sujetos que se encuentren comprendidos en los parámetros dispuestos en el artículo 2°de la RG5246/22 deberán solicitarla opción conforme el procedimiento establecido en dicha Resolución General.

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