Durante junio de 2026 vence el régimen informativo de Precios de Transferencia y Operaciones Internacionales. Si tu empresa importa o exporta, opera con partes vinculadas o integra un grupo económico internacional, es muy probable que tengas que presentar: la DDJJ F.2668 (operaciones internacionales), el Informe de Precios de Transferencia F.4501 —con comparables y certificación de contador— y, para grupos multinacionales, el Informe Maestro F.2673.
A diferencia de lo que suele creerse, los incumplimientos no se sancionan con la multa menor del art. 38, sino con las del art. 39 de la Ley 11.683 —actualizadas por la Ley 27.799—, que se cuentan en millones de pesos:

Nota: para el F.8096, el rango reducido aplica solo a la infracción del art. 39.1, inc. a), punto 1 (omitir informar en término la pertenencia al grupo). En los demás supuestos rige el rango general.
Si tu empresa opera con el exterior o con partes vinculadas, escribinos cuanto antes: revisamos tu situación y preparamos toda la presentación en término.
Conviene revisarlo antes de fin de mes: en este régimen, llegar tarde no cuesta una multa simbólica.